Servidores Públicos Inhabilitados y Sancionados del Gobierno del Estado

La Secretaría de la Contraloría General, en cumplimiento a lo ordenado en el artículo 53 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y 27 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, pone a disposición el Registro de Servidores Públicos Sancionados, hasta en tanto el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción determine lo conducente respecto a la operación del Sistema Nacional de Servidores Públicos y Particulares Sancionados de la Plataforma Digital Nacional.

Cabe destacar que las demás sanciones quedarán registradas para efectos de evaluar la reincidencia, pero no serán públicas. No obstante, dicha información será proporcionada a través de la Coordinación Ejecutiva de Sustanciación y Resolución de Responsabilidades y Situación Patrimonial previa solicitud de autoridad competente en ejercicio de sus funciones.

Asimismo se muestran las Inhabilitaciones firmes y vigentes reportadas por la Federación, Poderes Legislativos y Judicial del Estado, por los Municipios del mismo y por los Organismos autónomos.