Glosario e instrucciones de la sección VIII. Programas Sociales

Glosario

1.- Programas sociales: se refiere al conjunto de instrumentos gubernamentales que tienen por objetivo contribuir a la mejora de las condiciones de vida de la población, a través del otorgamiento de diversos tipos de apoyos para el desarrollo de proyectos de infraestructura, productivos, sociales, u otros que representen un beneficio para la ciudadanía.

 

Glosario de la subsección 1:

1.- Derecho social: se refiere a los derechos para el desarrollo social considerados en la Ley General de Desarrollo Social. Para efectos del presente censo, se consideran los siguientes:

- Alimentación nutritiva y de calidad: se refiere a la satisfacción de las necesidades de dieta de las personas, teniendo en cuenta su edad, condiciones de vida, salud, ocupación, sexo, entre otras. Los alimentos deben ser seguros para el consumo humano y estar libres de sustancias nocivas, ser adecuados y culturalmente aceptables.

- Educación: se refiere al derecho de las personas de recibir una educación inclusiva, pertinente y relevante que asegure los niveles educativos obligatorios, así como los aprendizajes y las capacidades que les permitan desarrollar su máximo potencial para una inserción adecuada a la vida social, o para continuar estudios postobligatorios.

- Medio ambiente sano: se refiere al derecho colectivo que consiste en la conservación integral de los componentes bióticos y abióticos (entre los que se encuentran el agua, el aire, el suelo y la biodiversidad) del medio ambiente, en términos de su estabilidad, funcionalidad y salud, contribuyendo así al desarrollo y bienestar de las personas y de las futuras generaciones.

- No discriminación: se refiere al derecho de toda persona a ser tratada sin que se restrinja, obstaculice, impida, menoscabe o anule el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades.

- Salud: se refiere al derecho de las personas al disfrute del nivel más alto de salud física, mental y social.

- Seguridad social: se refiere al conjunto de mecanismos diseñados para garantizar los medios de subsistencia de los individuos y de sus familias ante eventualidades, como pueden ser accidentes o enfermedades, o ante circunstancias socialmente reconocidas, como la vejez y el embarazo.

- Trabajo: se refiere al derecho de las personas a un trabajo donde se respete la dignidad humana y se perciba un salario remunerado, en el cual se cuente con condiciones óptimas de seguridad e higiene, se reciba capacitación continua y se respeten los derechos colectivos como trabajador.

- Vivienda digna y decorosa: se refiere al derecho que incluye el acceso de todos los sectores de la población a una vivienda construida con materiales de calidad, en una ubicación segura y bien comunicada, que cuente con servicios públicos básicos y complementarios en la que sus habitantes tengan certeza jurídica de su tenencia.

2.- Grupos beneficiarios: se refiere a los grupos específicos a los que se encuentra dirigido el programa social, mismos que comprenden los grupos etarios en los que se ubican los beneficiarios. Para efectos del presente censo, se consideran: niñas y niños (0 a 14 años), adolescentes y jóvenes (15 a 29 años), adultos (30 a 64 años), adultos mayores (de 65 años o más) y la población en general.

3.- Padrón de beneficiarios: se refiere a las listas, registros o bases de datos que contienen la información de los beneficiarios de determinado programa social.

4.- Padrón Único de Beneficiarios: se refiere a la herramienta que contiene la relación de los beneficiarios de cada uno de los programas sociales otorgados.

5.- Reglas de operación u homólogas: se refiere al conjunto de disposiciones que precisan la forma de operar de un programa social, con el propósito de lograr los niveles esperados de eficacia, eficiencia, equidad y transparencia.

 

Glosario de la subsección 2:

1.- Beneficiarios: se refiere a aquellas personas que forman parte de la población atendida por los programas de desarrollo social que cumplen los requisitos de la normatividad correspondiente.         

 

Instrucciones complementarias para la pregunta 2 de la sección: 

- En la columna "Nombre del programa social" debe anotar el nombre de cada programa social que haya operado, mientras que en la columna "ID programa social" debe anotar su clave y/o número de identificación.        

- El nombre de los programas sociales debe registrarse en mayúsculas, sin comillas ni signos de acentuación, puntuación, paréntesis y abreviaturas.

- Para cada programa social que registre, en caso de que derivado de su naturaleza y objetivo no le aplique el hecho de contar con algún padrón de beneficiarios, seleccione el código "8" en la columna correspondiente.

- Para cada programa social que registre, seleccione con una "X" el o los derechos para el desarrollo social atendidos.

- Para cada programa social que registre, en caso de que seleccione el código "9" en el apartado "Derechos para el desarrollo social", no puede seleccionar otro código en dicho apartado.

- Para cada programa social que registre, en caso de que seleccione el código "2", "3" o "9" en la columna "Tipo de personas beneficiadas", no puede registrar información en el apartado "Grupos beneficiarios".

- Para cada programa social que registre, seleccione con una "X" el o los grupos beneficiarios que correspondan. 

- Para cada programa social que registre, en caso de que seleccione el código "5" o "9" en el apartado "Grupos beneficiarios", no puede seleccionar otro código en dicho apartado.

- En caso de que seleccione el código "3" en la columna "Tipo de personas beneficiadas", debe anotar el nombre de dicho(s) tipo(s) de persona(s) en el recuadro destinado para tal efecto que se encuentra al final de la tabla de respuesta. 

 

Instrucciones complementarias para la pregunta 3 de la sección: 

- En caso de que derivado de la naturaleza presupuestaria de determinado programa social las opciones contenidas en las columnas "Presupuesto asignado" y/o "Presupuesto ejercido" no le apliquen, anote "NA" (No aplica) en las celdas correspondientes.

- Las cifras deben anotarse en pesos mexicanos (no debe agregar la frase “miles o millones de pesos”).

- Únicamente desagregue dos decimales para las cifras registradas.

- En caso de que el presupuesto ejercido por determinado programa social sea mayor a su presupuesto asignado, justifíquelo en el recuadro que se encuentra al final de la tabla de respuesta.

 

Instrucciones complementarias para la pregunta 4 de la sección: 

En caso de que no haya contado con algún Padrón Único de Beneficiarios, se haya encontrado en proceso de integración, o no cuente con información para determinarlo, indíquelo en la columna correspondiente conforme al catálogo respectivo y deje el resto en blanco

En caso de que haya contado con algún Padrón Único de Beneficiarios para la gestión de programas sociales, pero este no se encuentre disponible en línea, en la columna "Sitio donde se encuentra disponible el sistema electrónico (URL)" anote "NA" (No aplica).

 

Instrucciones complementarias para la pregunta 5 de la sección:

En caso de que registre algún valor en la columna "Otro estatus", debe anotar el nombre de dicho(s) estatus en el recuadro destinado para tal efecto que se encuentra al final de la tabla de respuesta. En caso de que la opción contenida en dicha columna no le aplique, anote "NA" (No aplica) en las celdas correspondientes.     

 

Instrucciones complementarias para la pregunta 6 de la sección:

Para cada programa social, en caso de que haya seleccionado el código "1" en "Tipo de personas beneficiadas" de la pregunta 2, no puede registrar información en las columnas "Personas morales" y "Otro tipo de persona beneficiaria".    

Para cada programa social, en caso de que haya seleccionado el código "2" en "Tipo de personas beneficiadas" de la pregunta 2, no puede registrar información en las columnas del apartado "Personas físicas" y "Otro tipo de personas beneficiada".

Para cada programa social, en caso de que haya seleccionado el código "3" en la columna "Tipo de personas beneficiadas" de la pregunta 2, no puede registrar información en las columnas del apartado "Personas físicas" y "Personas morales".

Glosario e instrucciones de la sección VII. Participación Ciudadana

Glosario de la sección:

1.- Canales participativos: se refiere al conjunto de ejercicios, instancias o acciones que cumplen tres condiciones de la participación: 1) son instancias públicas de relación gobierno-sociedad, es decir, no incluyen experiencias de relación privada gobierno-sociedad, ni las que se lleven a cabo solo desde la sociedad sin una relación expresa y pública con el gobierno; 2) se constituyen por la participación de actores sociales, ya sea de forma individual y/o asociada (ciudadanos a título individual, comunidades indígenas, organizaciones de la sociedad civil, colectivos o grupos no constituidos, organismos empresariales, academia, organizaciones sociales); y 3) son espacios para la incidencia (directa o indirecta) en decisiones públicas por parte de la ciudadanía. Para efectos del presente censo, se consideran los siguientes tipos:                                                                                                                                                                

- Órgano (consejo, comité, etc.): se refiere a las instancias colegiadas (consejos, comités, grupos, etc.) de opinión, asesoría o ejecución; constituidos de manera organizada para la participación en la planeación, seguimiento y evaluación de las acciones de gobierno, bajo los lineamientos expresos que se establezcan para tal objetivo.                                               

- Proceso participativo: se refiere a los métodos empleados para incentivar la participación activa de todos los miembros de un grupo en un procedimiento de toma de decisión, estos pueden ser por medio de la presentación de proyectos, asambleas, encuestas, entre otros.                                                                                                                                      

- Consulta ciudadana: se refiere al mecanismo de democracia directa a través del cual las autoridades someten a consideración de la ciudadanía, por medio de preguntas directas, foros o algún otro instrumento de consulta, cualquier tema que tenga impacto trascendental en los distintos ámbitos temáticos, sectoriales y territoriales.                                                        

- Consulta a pueblo indígena: se refiere al mecanismo que permite la libre participación de los pueblos indígenas, a través de sus instituciones representativas, en todos los niveles de la formulación, implementación y evaluación de las medidas y programas que incidan en sus derechos y en su desarrollo.                                                                                                        

- Ejercicios participativos: se refiere a la promoción de la participación ciudadana en asambleas, consultas y/o encuestas para la toma de decisiones y facilitación de consensos en proyectos en materia de planeación y presupuesto.            

2.- Nivel de incidencia: se refiere al grado de influencia que tiene la participación ciudadana en la gestión pública sobre el diseño, ejecución, monitoreo y evaluación de las políticas, programas y proyectos públicos. Para efectos del presente censo, se consideran los siguientes:                                                                                                                                                        

- Consulta: se refiere al nivel en donde las personas participantes opinan o plantean propuestas sobre temas o problemas a partir de preguntas formuladas por las autoridades públicas.                                                                                                                                         

- Diálogo: se refiere al nivel en el que las autoridades públicas y las personas participantes intercambian información respecto a temas o problemas en particular, en una relación de doble vía.   

- Deliberación: se refiere al nivel en el que las autoridades públicas y las personas participantes debaten en forma colectiva para mejorar la adopción de una decisión determinada.       

- Cogestión: se refiere al nivel en el que las autoridades públicas y las personas participantes se involucran de manera conjunta en la implementación de las políticas, programas y proyectos públicos.

- Vigilancia: se refiere al nivel en el que las personas participantes realizan el seguimiento del cumplimiento de las decisiones públicas.

3.- Participación ciudadana: se refiere, en términos del presente censo, a la acción o conjunto de acciones realizadas de manera voluntaria por las personas que tienen la intención de incidir directa o indirectamente en los asuntos públicos a través de los canales participativos establecidos por las instancias gubernamentales.                                                                                               

4.- Participantes: se refiere, en términos genéricos del presente censo, a las personas participantes en los canales establecidos para tal efecto. Se consideran los siguientes:                       

- Ciudadanos: se refiere a las mujeres y hombres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan los requisitos de haber cumplido 18 años y tengan un modo honesto de vivir.          

- Académicos: se refiere a las personas pertenecientes a las instituciones de educación superior, los centros de investigación y los colegios de profesionales, que son reconocidos para la emisión de opiniones y consultas especializadas en una materia.

 -Comités estudiantiles: se refiere a los órganos representativos de los estudiantes de una institución educativa de nivel superior o centro de estudios que se constituyen para la defensa de sus intereses.

- Organizaciones de la sociedad civil: se refiere a aquellas organizaciones no gubernamentales a través de las cuales los ciudadanos se organizan en torno a objetivos y temas de interés particulares, a efecto de incidir en los asuntos públicos relacionados con estos.

- Expertos / líderes de opinión: se refiere a las personas u organizaciones capaces de ejercer influencia sobre las actitudes o la conducta de otros individuos, en virtud de su experiencia y autoridad en temas específicos.

- Comunidades indígenas: se refiere al grupo de personas indígenas que forman una unidad social, económica y cultural, asentada en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres.

- Organizaciones empresariales: se refiere a las cámaras de comercio, servicios y turismo, así como confederaciones y asociaciones empresariales. 

- Colectivos o grupos no constituidos: se refiere a los grupos de personas que comparten un objetivo común y que no están formalizados ante notario público.

5.-Temas: se refiere a los temas genéricos en los que se abrieron espacios para la participación ciudadana, y que son desarrollados, en este caso, por las instituciones la Administración Pública de las entidades federativas. Para mayor referencia, la desagregación de cada uno de estos se detalla en el glosario del presente cuestionario.

 

Instrucciones específicas para proporcionar información

- Para cada espacio de participación ciudadana abierto que registre, seleccione el código del tipo de canal participativo establecido para su operación.

- Para cada espacio de participación ciudadana abierto en determinado canal participativo que registre, seleccione el código del tema en el cual se abrió. En caso de que el canal establecido para el espacio de participación ciudadana abierto haya abarcado más de un tema, use tantas filas como sea necesario.

- Para cada espacio de participación ciudadana abierto en determinado canal participativo y tema que registre, seleccione el código de la modalidad de la interacción establecida para su operación.

- Para cada espacio de participación ciudadana abierto en determinado canal participativo y tema que registre, seleccione el código de la temporalidad establecida para su operación.

- Para cada espacio de participación ciudadana abierto en determinado canal participativo y tema que registre, seleccione el código del nivel de incidencia establecido para su operación.

- Para cada espacio de participación ciudadana abierto en determinado canal participativo y tema que registre, seleccione con una "X" el o los tipos de participantes que correspondan.         

- Para cada espacio de participación ciudadana abierto en determinado canal participativo y tema que registre, en caso de que seleccione el código "99" en el apartado "Participantes", no puede seleccionar otro código en dicho apartado.

- Para cada espacio de participación ciudadana abierto en determinado canal participativo y tema que registre, seleccione el código del procedimiento de acceso de los participantes establecido para su operación.

- En caso de que seleccione el código "6" en la columna "Tipo de canal participativo", debe anotar el nombre de dicho(s) tipo(s) de canal(es) participativo(s) en el recuadro destinado para tal efecto que se encuentra al final de la tabla de respuesta.

- En caso de que seleccione el código "31" en la columna "Tema", debe anotar el nombre de dicho(s) tema(s) en el recuadro destinado para tal efecto que se encuentra al final de la tabla de respuesta.

- En caso de que seleccione el código "7" en la columna "Nivel de incidencia", debe anotar el nombre de dicho(s) nivel(es) en el recuadro destinado para tal efecto que se encuentra al final de la tabla de respuesta.

- En caso de que seleccione el código "10" en el apartado "Tipo de participantes", debe anotar el nombre de dicho(s) tipo(s) de participante(s) en el recuadro destinado para tal efecto que se encuentra al final de la tabla de respuesta.

- En caso de que seleccione el código "6" en la columna "Procedimiento de acceso de los participantes", debe anotar el nombre de dicho(s) procedimiento(s) en el recuadro destinado para tal efecto que se encuentra al final de la tabla de respuesta.

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